ECLESALIA


TEXTOS DE LA CONSTITUCIÓN EUROPEA PARA LA REFLEXIÓN

¿Te merecen un Sí, un No o una Abstención?

BENJAMÍN FORCANO, teólogo moralista

MADRID.

 

ECLESALIA, 16/02/05.- Estos textos son de la Constitución y, como tales, sirven para fundamentar, orientar y vincular la acción política y ejecutiva de los Estados de la Unión.

 

Objetivo

“La unión tiene como finalidad promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos” (I,3) – “La Unión Europea coordinará las políticas de los Estados miembros encaminadas a lograr dichos objetivos y ejercerá, de modo comunitario, las competencias que estos le atribuyan (I,1) – “La Unión combatirá la exclusión social y la discriminación y fomentará la justicia y la protección sociales, la igualdad entre mujeres y hombres, la solidaridad entre las generaciones y la protección de los derechos del niño (I,3) – “En sus relaciones con el resto del mundo, promoverá sus valores e intereses. Contribuirá a la paz, la seguridad, el desarrollo sostenible del planeta, la solidaridad y el respeto mutuo entre los pueblos, el comercio libre y justo, la erradicación de la pobreza y la protección de los derechos humanos, especialmente los derechos del niño, así como el estricto respeto y desarrollo del Derecho Internacional, en particular el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas “(I,3,4º).

 

Fundamento
“La unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los Derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres (I,2) – “Está fundada sobre los valores indivisibles y universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad y se basa en los principios de la democracia y el Estado de Derecho. La persona está en el centro de su actuación.

Y contribuye a defender y fomentar esos valores comunes “ (Parte II, Preámbulo).

 

Principios
“La dignidad humana es inviolable. Será respetada y protegida. Toda persona tiene derecho a la vida. Nadie podrá ser condenado a la pena de muerte ni ejecutado. Nadie podrá ser sometido a esclavitud o servidumbre. Nadie podrá ser sometido a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes (II, 61,62,63) – “Todas las personas son iguales ante la ley. Se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón del sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacim9ento, discapacidad, edad, u orientación sexual” (II, 8, 11º) – “Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad; a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; a la libertad de expresión, de reunión pacífica y a la libertad de asociación en todos los niveles; a la educación y a recibir gratuitamente la enseñanza obligatoria” (II,66-74).

 

El marco institucional
“El marco institucional de la Unión tiene como finalidad promover sus valores, perseguir sus objetivos, defender sus intereses y garantizar la coherencia, eficacia y continuidad de sus políticas y acciones “(I,19) – “La Unión respetará en todas sus actividades el principio de la igualdad de sus ciudadanos, que se beneficiarán por igual de sus instituciones, órganos y organismos (I,45).

 

- LA PRESENTE CARTA REAFIRMA LOS DERECHOS QUE EMANAN EN PARTICULAR DE LAS TRADICIONES CONSTITUCIONALES Y LAS OBLIGACIONES INTERNACIONALES COMUNES A LOS ESTADOS MIEMBROS Y, DANDOLES MAYOR PROTECCION, REFUERZA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES A TENOR DE LA EVOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD, DEL PROGRESO SOCIAL Y DE LOS AVANCES CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS” (II, Preámbulo).

 

“Los Estados de la Unión respetarán los derechos, observarán los principios y promoverán su aplicación con arreglo a sus respectivas competencias”(II, 111,1º) – “Cualquier limitación del ejercicio de los derechos y libertades reconocidas por la presente Carta deberá ser establecida por ley y respetar el contenido esencial de dichos derechos y libertades” (II,112,1º) – “Ninguna de las disposiciones de la presente Carta podrá interpretarse como limitativa o lesiva de los derechos humanos y libertades fundamentales, reconocidos por el Derecho de la Unión, el Derecho internacional y los convenios internacionales...” (II,113).

 

1. Política con los países vecinos y de la migración
“La Unión establecerá un espacio de prosperidad y buena vecindad basado en los valores de la Unión y caracterizado por unas relaciones estrechas y pacíficas fundadas en la cooperación (I,57,1º) – “Los nacionales de terceros países que estén autorizados a trabajar en el territorio de los Estados miembros tiene derecho a unas condiciones laborales equivalentes a aquellas que disfrutan los ciudadanos de la Unión

Se prohíbe toda discriminación por razón de nacionalidad (I,4,2º; II,81,2º)

 

2.Igualdad entre mujeres y hombres
“La igualdad entre mujeres y hombres deberá garantizarse en todos los ámbitos, inclusive en materia de empleo, trabajo y retribución. El principio de igualdad no impide el mantenimiento de la adopción de medidas que supongan ventajas concretas a favor del sexo menos representado”(II,82-83)- “Con el fin de poder conciliar vida familiar y vida profesional, toda persona tiene derecho a ser protegida contra cualquier despido por una causa relacionada con la maternidad, así como el derecho a un permiso pagado por maternidad y a un permiso parental con motivo del nacimiento o de la adopción de un niño” (II, 93).

 

3. Derecho al trabajo y condiciones dignas requeridas

“Toda persona tiene derecho a trabajar y a ejercer una profesión libremente elegida y aceptada y a buscar u n empleo, trabajar o establecerse o prestar servicios en cualquier Estado miembro” (II,75)- “Deberá garantizarse a los trabajadores la información y consulta con suficiente antelación y el derecho a negociar y celebrar convenios colectivos” (II,87 y 88) – “ Todo trabajador tiene derecho a protección en caso de despido injustificado de conformidad con el Derecho de la Unión; a trabajar en condiciones que respeten su salud, seguridad y dignidad; a la limitación de la duración máxima del trabajo y a períodos de descanso diarios y semanales, así como a un período de vacaciones anuales retribuidas; a acceder a las prestaciones de seguridad social y a los servicios sociales; a una ayuda social y a una ayuda de vivienda para garantizar una existencia digna a todos aquellos que no dispongan de recursos suficientes” (II, 90, 91,94).

“Los trabajadores tienen derecho a circular libremente dentro de la Unión” – “Se prohíbe toda discriminación por razón de nacionalidad entre los trabajadores de los Estados miembros con respecto al empleo, la retribución y las de más condiciones de trabajo”(III,133) – Quedarán prohibidas las restricciones a la libertad de establecimiento de los nacionales de un Estado miembro en el territorio de otro Estado miembro. Pueden acceder a las actividades por cuenta propia y a ejercerlas, así como a constituir y gestionar empresas” (III, 137) – “La Unión considerará el fomento del empleo como un asunto de interés común, establecerá una cooperación común, potenciará una mano de obra cualificada, formada y adaptable y perseguirá el objetivo de un nivel elevado de empleo” ( (III,204-205).

“La unión tendrá como objetivo el fomento del empleo, la mejora de las condiciones de vida y de trabajo para hacer posible su equiparación por la vida del progreso, una protección social adecuada, el diálogo social, el desarrollo de los recursos humanos para conseguir un nivel de empleo elevado y duradero, y la lucha contra las exclusiones” (III, 209).

“La Unión apoyará y complementará la acción de los Estados miembros en la mejora del entorno del trabajo, las condiciones del trabajo, la seguridad y protección social, la representación y defensa colectiva de sus intereses, la igualdad entre mujeres y hombres, la lucha contra la exclusión social,, etc.”(III, 209).

 

4. Sobre la paz

“ La Unión, en relación con el resto del mundo, contribuirá a la paz, la seguridad, el desarrollo sostenible del planeta, la solidaridad y el respeto mutuo entre los pueblos”( I,3,4º). - “La Unión definirá y ejecutará políticas comunes y acciones y se esforzará por lograr un alto grado de cooperación en todos los ámbitos de las relaciones internacionales con el fin de consolidar y respaldar la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos y los principios de Derecho Internacional; mantener la paz, prevenir los conflictos y fortalecer la seguridad internacional conforme a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas; promover un sistema internacional en una cooperación multilateral sólida” (III,2) - “El objetivo principal de la Política de la Unión en el ámbito de la cooperación será la reducción y, finalmente, la erradicación de la pobreza y respetarán los compromisos y objetivos acordados”(III,316). Eclesalia.

 

Nota de la Redacción: A todos aquellos/as suscriptores/as de ECLESALIA interesados/as por este tema les animamos a leer las respuestas de P. Sánez Bonel a las preguntas clave sobre la Constitución europea en la revista Arbil, http://www.arbil.org/constitucion.pdf y las reflexiones de la revista El Ciervo en el número de diciembre de 2004,

http://www.elciervo.es/elciervo/hemeroteca/numeros/2004_Desembre/index.html así como los dos manifiestos de colectivos cristianos publicados por nuestro informativo el pasado día 9 de febrero.