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La resolución del Tribunal
Supremo es firme y da carpetazo a este caso de
pederastia cinco años después de haber sido denunciado
ante la justicia.
El alto tribunal rechaza el recurso de casación
presentado por el Arzobispado de Madrid al sentenciar
que la institución que dirige el cardenal Rouco Varela
debió haber vigilado el comportamiento del sacerdote
acusado, que en el momento de los hechos, en el año
2000, era secretario de la vicaría y que cometió los
abusos sexuales sobre un menor en el seno de la propia
vicaría.
El auto del Supremo, cuyo ponente es el magistrado
Perfecto Andrés Ibáñez, al que ha tenido acceso la
Cadena Ser, añade que el arzobispado de Madrid ha
infringido cánones del Código de Derecho Canónico que le
obligan a labores de vigilancia y control sobre los
párrocos de las diócesis.
El cura, condenado por la Audiencia de Madrid a dos
años de cárcel por un delito continuado de abusos
sexuales, no recurrió la sentencia. Sólo apeló la
Iglesia que ahora tendrá que pagar a la víctima 30.000
euros de indemnización.
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