En el principio era la palabra
 

SINODO, RELACION FINAL
Algunas propuestas


Termina el Sínodo sobre “La vocación y la misión de la familia en la Iglesia y en el mundo contemporáneo”. La relación final tiene 94 puntos votados por 265 sinodales presentes, de un total de 270. Para la aprobación de cada propuesta se necesitan dos tercios; en este caso, 177 votos. Todas las propuestas han superado los dos tercios. Veamos algunas propuestas.
25. “En algunas sociedades aún se mantiene la práctica de la poligamia; en otros contextos permanece la práctica de los matrimonios arreglados. En países donde la presencia de la Iglesia es minoritaria, son numerosos los matrimonios mixtos y de disparidad de culto, con todas las dificultades que esto comporta en cuanto a la forma jurídica, el Bautismo, la educación de los niños y el respeto mutuo desde el punto de vista de la diversidad de fe. En estos matrimonios puede existir el riesgo del relativismo o de la indiferencia, pero también puede ser una oportunidad para promover el espíritu de diálogo ecuménico e interreligioso en una convivencia armoniosa de las comunidades que viven en el mismo lugar. En muchos contextos, y no sólo occidentales, se está extendiendo la práctica de vivir juntos antes del matrimonio o incluso de la convivencia no orientada a un vínculo institucional. A esto se añade a menudo una legislación civil que socava el matrimonio y la familia. A causa de la secularización en muchas partes del mundo la referencia a Dios disminuye fuertemente y la fe no es compartida”. 242 SI, 15 NO.
38. El icono de la Trinidad en la familia. 255 SI, 3 NO. Comentario: las grandes iglesias cristianas deben revisar la propia tradición a la luz de la Escritura.
39. “La realidad matrimonial en su forma ejemplar es esbozada en el libro del Génesis, a la cual remite también Jesús en su visión del amor nupcial”. Hombre y mujer llegan así a ser “una sola carne” (Gn 2,24). Esta realidad fundante de la experiencia matrimonial es exaltada en la fórmula de la recíproca pertenencia presente en la profesión de amor pronunciada por la mujer del Cantar de los Cantares” (Ct 2,16; 6,3). Ante las dificultades, su amor “es fuerte como la muerte” (Ct 8,6). 255 SI, 3 NO.
40. “La indisolubilidad del matrimonio (Mc 10,2-9) no se ha de entender como yugo impuesto a los hombres sino como un don hecho a las personas unidas en matrimonio”. 255 SI, 6 NO. Comentario: la cita del evangelio de Marcos, que recoge la posición de Jesús sobre matrimonio y divorcio, aparece sin texto evangélico; sorprende semejante ahorro; sin embargo, se dedican cuatro números (43, 44, 45 y 46) a la enseñanza de cuatro papas (Pablo VI, Juan Pablo II, Benedicto XVI, Francisco) con sus textos respectivos. Llama la atención que el texto evangélico aludido y también eludido estuviera entre las lecturas propias del día 4 de octubre, al comienzo del sínodo.
41. “Los vínculos familiares, tan fundamentales, sin embargo no son absolutos”, “Jesús ha relativizado las relaciones familiares a la luz del reino de Dios”. 253 SI, 7 NO.
42. Las enseñanzas del concilio Vaticano II. “La íntima comunidad conyugal de vida y de amor, fundada por el Creador y estructurada con leyes propias, se establece por la alianza matrimonial, o sea, por el irrevocable consentimiento personal. Y así, del acto humano, por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente, nace, aun ante la sociedad, una institución confirmada por la ley divina" (GS 48), “el verdadero amor entre marido y mujer (GS 49) implica la mutua donación de sí, incluye e integra la dimensión sexual y la afectividad, correspondiendo al designio divino" (GS 48-49). Esto manifiesta que “el matrimonio y el amor conyugal que lo anima están ordenados por su naturaleza a la procreación y educación de la prole” (GS 50), “Cristo Señor sale al encuentro de los esposos cristianos en el sacramento del matrimonio (GS 48) y permanece con ellos. El asume el amor humano, lo purifica, lo lleva a plenitud y da a los esposos, con su Espíritu, la capacidad de vivirlo”. Los esposos “constituyen una Iglesia doméstica” (LG 11). 257 SI, 2 NO. Comentario: la propuesta no recoge la constatación del concilio, tan oportuna y conveniente, de que el amor entre marido y mujer se manifiesta “de varias maneras según las costumbres honestas de los pueblos y de las épocas” (GS 49); tampoco recoge el texto del concilio que afirma: “el matrimonio no ha sido instituido solamente para la procreación”, valorando el “amor mutuo de los esposos” (GS 50).
48. “La irrevocable fidelidad de Dios a la alianza es el fundamento de la indisolubilidad del matrimonio. El amor completo y profundo entre los cónyuges no se basa sobre las capacidades humanas. Dios sostiene esta alianza con la fuerza de su Espíritu”, “la indisolubilidad corresponde al deseo profundo de amor recíproco y duradero que el Creador ha puesto en el corazón humano, y es un don que El mismo da a cada pareja”, “lo que Dios ha unido, no lo separe el hombre” (Mt 19,6; Mc 10, 9). 253 SI, 6 NO.  
53. La Iglesia permanece cercana a los cónyuges “en riesgo de separación”, “en el caso en  que se consuma un doloroso final de la relación, la Iglesia siente el deber de acompañar este momento de sufrimiento”, “particular atención debe ser prestada a los hijos, que son las principales víctimas de la separación”, “las parejas deben ser informadas de la posibilidad de recurrir al proceso de declaración de nulidad del matrimonio”. 244 SI, 15 NO. Comentario: la Iglesia oriental, con su doctrina de la “condescendencia”, disuelve el matrimonio por adulterio y otras causas. En las iglesias de la Reforma, se admite el divorcio por adulterio o abandono. Entre nosotros, hay muchos divorcios camuflados bajo capa de nulidad. Las grandes iglesias cristianas han de revisar su tradición a la luz del Evangelio.
63. “Responsabilidad generativa”, “los cónyuges se abrirán a la vida formándose un recto juicio, teniendo en cuenta el propio bien personal y el de los hijos, tanto de los nacidos como de los que se prevé nacerán; valorando las condiciones materiales y espirituales de su época y de su estado de vida; y finalmente teniendo en cuenta el bien de la comunidad familiar, de la sociedad temporal y de la Iglesia misma“(GS 50). Conforme al carácter personal y humanamente completo del amor conyugal, el camino justo para la planificación familiar es el de un diálogo consensuado entre los esposos, del respeto de los tiempos y de la consideración de la dignidad de la pareja. En este sentido la encíclica Humanae vitae y la exhortación apostólica Familiaris consortio deben ser redescubiertas con el fin de despertar la disponibilidad a procrear en contraste con una mentalidad frecuentemente hostil a la vida”. 237 SI, 21 NO. Comentario: la propuesta valora la paternidad responsable, pero cita a la encíclica Humanae vitae sin hacer crítica alguna.
70. “La pastoral proponga con claridad el mensaje evangélico y anote los elementos positivos presentes en aquellas situaciones que todavía no o ya no corresponden con eso. En muchos países un creciente número de parejas conviven sin ningún matrimonio ni canónico ni civil. En algunos países existe un matrimonio tradicional, concertado entre familias y muchas veces celebrado en diversas etapas. En otros países crece el número de aquellos que, después de haber vivido juntos por largo tiempo, piden la celebración del matrimonio por la Iglesia. La simple convivencia es muchas veces elegida a causa de la mentalidad general contraria a lo institucional y a los compromisos definitivos, pero también a la espera de una seguridad existencial (trabajo y salario fijos). En otros países, en definitiva, las uniones de hecho se han convertido en muy numerosas, no sólo por el rechazo de los valores de la familia y del matrimonio, sino también por el hecho de que casarse es percibido como un lujo, por las condiciones sociales, por lo que la pobreza material empuja a vivir uniones de hecho. Todas estas situaciones  han de ser afrontadas de manera constructiva, buscando transformarlas en oportunidad de camino de conversión hacia la plenitud del matrimonio y de la familia a la luz del Evangelio”. 213 SI, 47 NO. Comentario: la propuesta acoge “de manera constructiva” las situaciones de hecho; sin embargo, no recoge el criterio que es preciso discernir: si hay consentimiento matrimonial o no. Se utiliza aquí la palabra “conversión” que podría no ser necesaria y, sin embargo, no se utiliza en la propuesta sobre los divorciados vueltos a casar (n. 84), donde se habla de “integración”.
71. “La elección del matrimonio civil o, en otros casos, de la simple convivencia, muy a menudo no está motivada por prejuicios o rechazo de la unión sacramental, sino por situaciones culturales o coyunturales. En muchas circunstancias, la decisión de vivir juntos es signo de una relación que quiere realmente orientarse a una perspectiva de estabilidad. Esta voluntad que se traduce en un vínculo duradero, fiable y abierto a la vida, puede considerarse un compromiso en el que establecer un camino hacia el sacramento matrimonial”. 218 SI, 42 NO. Comentario: la propuesta valora la elección del matrimonio civil o de la simple convivencia, pero no da el criterio que justifica esa valoración: si hay consentimiento matrimonial, hay matrimonio.
72. Matrimonios mixtos. Se busca “una cordial colaboración entre el ministro católico y el no católico”. Sobre la comunión eucarística se recuerda que “la decisión de admitir o no a la parte no católica a la comunión eucarística va en conformidad con las normas generales existentes al respecto, tanto para los cristianos orientales como para los demás cristianos, teniendo en cuenta esta situación particular, que reciben el sacramento del matrimonio cristiano dos cristianos bautizados. Si bien los esposos de un matrimonio mixto tienen en común los sacramentos del bautismo y del matrimonio, la comunión eucarística no puede ser sino excepcional”. 229 SI, 29 NO. Comentario: hay que revisar la normativa existente y discernir si realmente hay comunión según el Evangelio.
76. “Con respecto a las familias que viven la experiencia de tener en su seno a personas con tendencias homosexuales, la Iglesia reafirma que toda persona, independientemente de su tendencia sexual, ha de ser respetada en su dignidad y acogida con respeto procurando evitar todo signo de discriminación injusta. Se reserva una atención específica al acompañamiento de las familias en las que haya personas con tendencias homosexuales. Sobre el proyecto de equiparación con el matrimonio de las uniones entre personas homosexuales, no existe fundamento alguno para asimilar o establecer analogías, por remotas que sean, entre las uniones homosexuales y el plan de Dios para el  matrimonio y la familia”. Es “inaceptable que las Iglesias locales sufran presiones en este asunto y que los organismos internacionales condicionen las ayudas financieras a países pobres a la inclusión de leyes que instituyan el matrimonio entre personas del mismo sexo”. 221 SI, 37 NO.       
78. “La soledad del cónyuge abandonado, o que se ha visto obligado a cancelar una convivencia caracterizada por continuos y graves maltratos, requiere una atención particular por parte de la comunidad cristiana. La prevención y atención en los casos de violencia familiar reclaman una estrecha colaboración con la justicia para actuar contra los responsables y proteger adecuadamente a las víctimas. Por otra parte, es importante promover la protección de los menores ante los abusos sexuales. En la Iglesia se mantiene la tolerancia cero en estos casos, junto al acompañamiento de las familias”. 250 SI, 8 NO.
80. Familias monoparentales, “apoyo y ánimo”. 253 SI, 6 NO.
82. “Para tantos fieles que han vivido una experiencia infeliz, la verificación de la invalidez del matrimonio es un camino a recorrer”, “los recientes Motu proprio…han conducido a una simplificación de los procedimientos para la eventual declaración de nulidad matrimonial”. 244 SI, 16 NO.
83. Los que “no toman una nueva unión, permaneciendo fieles al vínculo sacramental” merecen el aprecio y el apoyo de la Iglesia. 248 SI, 12 NO.
84. “Los bautizados que están divorciados y vueltos a casar civilmente deben ser mejor integrados en la comunidad cristiana en sus diversas formas posibles, evitando ocasión de escándalo. La lógica de la integración es la llave de acompañamiento pastoral, para que no sólo sepan que pertenecen al cuerpo de Cristo que es la Iglesia, sino que puedan tener una feliz y fecunda experiencia. Son bautizados, son hermanos y hermanas (…). Su participación puede expresarse en diversos servicios eclesiales (…). No sólo no tienen que sentirse excomulgados, sino que pueden vivir y madurar como miembros vivos de la Iglesia, sintiéndola como una madre que les acoge siempre, les cuida con afecto y les anima en el camino de la vida y del Evangelio. Esta integración es necesaria también para el cuidado y educación cristiana de los hijos que deben ser considerados lo más importante. Para la comunidad cristiana, atender a estas personas no es un debilitamiento de la propia fe y del testimonio sobre la indisolubilidad del matrimonio: más bien la Iglesia expresa con esta atención su amor”.  187 SI, 72 NO. Comentario: la propuesta habla de “integración”, pero no de “conversión” ni de “corrección fraterna”; es propia de una Iglesia de cristiandad, no de una Iglesia que es comunidad y vuelve a las fuentes de los Hechos de los Apóstoles.
85. “Corresponde a los presbíteros acompañar a las personas interesadas en la vía del discernimiento según las enseñanzas de la Iglesia y las orientaciones de los obispos. En este proceso será útil hacer un examen de conciencia, reflexión y arrepentimiento. Los divorciados vueltos a casar deben preguntarse cómo se han comportado con sus hijos cuando la unión conyugal entraba en crisis, si han intentado la reconciliación, cómo es la situación del cónyuge abandonado, qué consecuencias tiene la nueva relación con respecto al resto de la familia y de la comunidad de fieles, qué ejemplo está ofreciendo a los jóvenes que se preparan para el matrimonio. Una sincera reflexión puede reforzar la confianza en la misericordia de Dios, que no se niega a nadie (…). Sosteniendo una norma general, es necesario reconocer que la responsabilidad respecto a determinadas acciones o decisiones no es la misma en todos los casos. El discernimiento pastoral, teniendo en cuenta la conciencia rectamente formada de la persona, debe hacerse cargo de esta situación”. 178 SI, 80 NO. Comentario: el discernimiento puede ser personal, comunitario, pastoral.
86. “El proceso de acompañamiento y discernimiento orienta a estos fieles a una toma de conciencia de su situación delante de Dios. El diálogo con el sacerdote, en el foro interno, contribuye a la formación de un juicio correcto sobre lo que dificulta la posibilidad de una más plena participación en la vida de la Iglesia y sobre los pasos que pueden favorecerla y hacerla crecer…Este discernimiento no podrá prescindir nunca de las exigencias de verdad y caridad del Evangelio propuestas por la Iglesia”. 190 SI, 64 NO. Comentario: aunque no lo dice claramente, la propuesta supone que los divorciados vueltos a casar no pueden comulgar. Por este motivo: “Si uno se divorcia de su mujer y se casa con otra, comete adulterio contra la primera. Y si ella se divorcia de su marido y se casa con otro, comete adulterio” (Mc 10,11-12).
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